Xalapa, Ver

Alcalde que mató a las perritas “Buba” y “Canela” evita juicio mediante convenio de reparación

* David Melgoza, munícipe morenista de Tangancícuaro, Michoacán, deberá pagar reparación del daño y daño sicológico, instalar un centro de atención animal, emitir un reglamento de bienestar animal, expresar una disculpa pública y fijar en un parque local una placa en memoria de “Buba” y “Canela”

Proceso

MORELIA, Mich. (apro).- El presidente municipal de Tangancícuaro, David Melgoza Montañez, fue vinculado a proceso por el asesinato de las perritas Buba y Canela, pero evitó el juicio mediante un acuerdo de reparación del daño y otras acciones convenidas con los dueños de las mascotas.

Con el propósito de lograr la suspensión condicional del proceso, el edil morenista pagó por el daño psicológico 13 mil pesos a cada uno de los dos dueños de las perras, así como 25 mil pesos por reparación del daño.

Además, el imputado se comprometió a instalar en Tangancícuaro un centro de atención animal, emitir un reglamento de bienestar animal, expresar una disculpa pública y, en memoria de Buba y Canela, fijar una placa en el parque César Chávez.

Los hechos

La Fiscalía General del Estado (FGE) informó que este jueves, conforme a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, el alcalde fue conducido mediante citación ante el órgano jurisdiccional, donde el Ministerio Público formuló la imputación por el delito de crueldad animal.

De acuerdo con los datos de prueba recabados en la carpeta de investigación, el día de los hechos David Melgoza “accionó un arma de fuego en contra de los ejemplares caninos Buba y Canela, ocasionándoles la muerte; hechos ocurridos antes de las 21:00 horas en la colonia Santa Anita, municipio de Tangancícuaro”.

Tras la exposición de los datos de prueba efectuada por el Ministerio Público ante el juez de control, éste resolvió vincular a proceso al presidente municipal.

Sin embargo, refirió la FGE, “en la misma audiencia, la defensa del imputado solicitó acogerse a la suspensión condicional al proceso, mecanismo al que no hubo oposición por parte de las víctimas dueñas de los ejemplares, quienes aceptaron las medidas impuestas y el plan de reparación del daño”.

Justicia restaurativa

La suspensión condicional del proceso, explicó la fiscalía, es un mecanismo de justicia restaurativa que permite la solución alterna del procedimiento con la paralización del procedimiento penal y la conclusión del conflicto mediante el pago de la reparación del daño y el cumplimiento de las condiciones indicadas por el órgano jurisdiccional, cuya observancia genera la extinción de la acción penal.

A la audiencia inicial de imputación, dentro de la causa penal 373/2023 seguida contra el alcalde Melgoza Montañez por el delito de crueldad animal, acudió el visitador regional de Zamora de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Michoacán (CEDH), Juan Jaime Contreras Vega, en calidad de “testigo amigo”.

Al salir de la audiencia, el funcionario del organismo humanitario comentó que horas antes, con motivo de la queja número CEDH/5515/2023-Q, las partes se habían reunido para establecer el convenio que posteriormente fue ratificado ante el juez.

Comentó que, si bien el juez se había pronunciado por la vinculación a proceso del presidente municipal, no necesariamente iba a pisar la prisión, pues para ese delito no está prevista la prisión preventiva oficiosa, por lo que podría haber llevado el procedimiento en libertad”.

Comentó que la CEDH se mantendrá al pendiente de que el acuerdo se cumpla en todos sus términos, además de que el propio juez instó al imputado a atender en breve el compromiso establecido.

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