Xalapa, Ver

Reprueban reforma a mariguana; Senado ve inconstitucionalidad

  • Advierten de 17 puntos de riesgos que detectaron en las modificaciones hechas por los diputados

EXCELSIOR

Ciudad de México, 1 de abril de 2021.- Los cambios hechos por la Cámara de Diputados a la ley que permitirá el uso lúdico, cosmético, científico y medicinal de la mariguana “infringen derechos humanos y se viola la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, e incluso se corre el riesgo de incumplir con la Declaratoria de Inconstitucionalidad 1/2018”, alertó el Senado de la República.

Ayer, las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado distribuyeron el proyecto de dictamen sobre la minuta devuelta con cambios de la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que se acompaña de reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, en el cual se detallan 17 puntos de riesgos que detectaron las y los senadores en las modificaciones hechas por los diputados federales, entre ellas el eliminar la prohibición de fumar frente a personas que no han consentido.

Entre los cambios hechos por la Cámara de Diputados se quitó la prohibición de consumir mariguana en lugares públicos, escuelas públicas y privadas de enseñanza básica hasta posgrado; en restaurantes y oficinas gubernamentales.

Los diputados quitaron esa prohibición y establecieron que fumarla en estos espacios implicará una multa que va de cinco mil 377 pesos a 26 mil 886 pesos.

El proyecto de dictamen de las comisiones unidas del Senado detalla que la decisión de Cámara de Diputados de que la Comisión Nacional contra las Adicciones sea la responsable de la cadena productiva del cannabis sicoactivo y sus derivas, es contradictoria de su naturaleza jurídica que es prevenir las adicciones a cualquier tipo de sustancia nociva.

Otro punto de los 17 que destaca el Senado es que la Cámara de Diputados autorizó permisos para el consumo de mariguana en casas habitación y consideró reservada la información sobre los nombres de quienes logren esos permisos.

Además, “se simula una acción afirmativa en beneficio de personas y grupos en condiciones de vulnerabilidad o que hayan sido afectadas por la prohibición”, pues mientras el Senado estableció que las licencias deben entregarse a personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias o comunidades en situación de marginación, los Diputados decidieron que cualquier persona puede obtener más de una licencia del mismo tipo y más de un tipo de licencia.

Los cambios hechos por Diputados, dice el Senado, provocan “imprecisiones de los actos inherentes a la cadena de producción y consumo en el otorgamiento de licencias”; además, no existe claridad sobre la forma en la cual se efectuará y se autorizará la investigación relativa a los distintos usos del cáñamo.

De igual forma, incurre en “inconstitucionalidad de la prohibición del consumo de cannabis para efectos sicoactivos para personas mayores de 18 años, pero menores de 25 años de edad”, pues “constituye una violación al derecho humano humano de igualdad y a la no discrimininación”.

Alerta que los Diputados eliminaron “la prohibición de la venta de 28 gramos de cannabis sicoactivo; por ende, está permitido vender cualquier cantidad”. La eliminación del signo único de control visible de trazabilidad “resulta grave, pues el signo aludido es precisamente para garantizar que cada producto que sea puesto al alcance de las personas consumidoras ha cumplido con todos los procesos de trazabilidad correspondiente”.

Se dispuso que será necesario realizar estudios científicos para autorizar los productos comestibles con cannabis, pero “no determina el origen o autoría de los estudios científicos aludidos, o bien, el alcance de los mismos”.

La colegisladora, dice el Senado, eliminó los indicadores para medir y evaluar la implementación de la regulación del cannabis; amén de establecer “atribuciones incongruentes entre la Comisión Federal de Competencia Económica y la Comisión Nacional contra las Adicciones”.

También “incluye un trato diferenciado y, por ende, discriminatorio para personas sentenciadas y procesadas por delitos del fuero común”; al retirar la disposición que las sustancias con más de 1% de THC se considera estupefaciente, implica que el cáñamo también será considerado estupefaciente.

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